
Conozca el calendario de capacitaciones disponibles para el mes de Julio (DACIQPAC #060)
07/04/2024
Pago Semestral (DACIQPAC #062)
07/08/2024DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO CIQPA PARA REGENCIAS EN INDUSTRIA ALIMENTARIASREGULADAS POR EL MINISTERIO DE SALUD, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL LA GACETA EL PASADO 19 DE JUNIO DEL 2024 Y LA NORMATIVA CONEXA.
Se les recuerda a los profesionales que en el artículo 5 del Reglamento Interno supracitado, se resumen las empresas que pueden optar por la solicitud de exoneración de la regencia, contenida en declaración jurada del profesional autorizado por el CIQPA, y dirigida al Ministerio de Salud.
Igualmente, en el artículo 6 se detalla las condiciones que se requieren para emitir la declaración jurada por parte del Profesional.
En Los anexos que corresponden a las declaraciones Juradas para personas físicas y/o jurídicas se detallan normativas legales de cumplimiento del establecimiento, por lo que luego de que se menciona cada una, se debe indicar si el cumplimiento de dicha normativa es total, parcial o nulo, para la guía de inspección el porcentaje de cumplimiento obtenido en la evaluación, y para la normativa conexa, indicar si requirió revisar alguna en particular.
ü Decreto Ejecutivo No 43432-S.
ü Decreto Ejecutivo No 35695-MINAE.
ü Guía de inspección del RTCA 67.01.33:06 (Anexo B ) y tabla final. ""Reglamento Técnico Centroamericano de Industria de Alimentos y Bebidas Procesados, Buenas Prácticas deManufactura"
ü Normativa conexa.
También en los anexos del Reglamento Interno del CIQPA, se indica al realizar la declaración jurada, lo siguiente:
“Lo anterior en acatamiento y observancia de lo indicado y dispuesto por la legislación a solicitud deinteresado, y dejando el respectivo respaldo en mi bitácora.”
Por lo que el profesional que vaya a emitir declaraciones juradas para establecimientos, debe siempre contar con una bitácora de inspecciones, donde documente todas las visitas que haga con intención de determinar si son o no establecimientos cuya condición permite recomendar la excepción del requerimiento de regencia y por tanto al final de la línea indicada, debe indicar el folio o página de labitácora, donde conste la visita y las observaciones y evaluación que realizó.
También se recuerda que es deber del Profesional, conforme al ordinal 192 en relación con el artículo 196 del Decreto Ejecutivo Nº 35695-MINAET, usar obligatoriamente del Cuaderno de Bitácora para toda actividad desempeñada por un Colegiado dentro de las diversas funciones que lo requieran, según la Ley 8412, Título I y este Reglamento.
Ello implica la obligación de dejar la evidencia de las visitas realizadas al establecimiento en la bitácora de cada una de los servicios de inspección o regencias que se le contraten.
Por tanto no se otorgarán los refrendos de las declaraciones juradas incompletas o contradictorias, que no incluyan junto a las viñetas de legislación los datos del cumplimiento, o que omitan el o los folios donde se documentó la visita a los establecimientos en bitácora destinada a Inspecciones.
Finalmente, no se omite señalar, que en el artículo 8 de la normativa interna precitada, se detallan las obligaciones de un regente para con el contratante donde se establece que: al inscribir la regencia del establecimiento se está comprometiendo a realizar y poner a disposición del cliente un plan anual demanejo del establecimiento o industria de proceso alimentario, y los informes mensuales de cumplimiento del mismo.
Reglamento Interno de Regencias CIQPA publicado en La Gaceta Nº 111 — Miércoles 19 de junio del 2024 página 66
https://www.ciqpacr.com/biblioteca/reglamentos/
Se adjunta texto aprobado en Asamblea General 2024 segunda parte para declaraciones juradas.
Ing. Karla María Monge Calvo
Directora Administrativa CIQPA